Desde la primera semana de Enero, en la Comunidad Valenciana, se puede solicitar la devolución de la subida en el precio del gasóleo de principio de año. Ésta devolución es de, como máximo, de 2400€ por vehículo y año y con un consumo anual de 50.000 litros. La devolución será igual que hasta ahora, por medio del Gasóleo profesional, por lo tanto, los que estén dados de alta no tienen que solicitarlo de nuevo, se les devolverá igual que hasta ahora. Para los que no estén dados de alta en el Gasóleo profesional se deben dar de alta para que la Agencia tributaria haga la devolución.
Desde la Federación, los asociados, pueden solicitar ésta devolución, llamando al teléfono de la Federación 963.522.176 o al mail gestiones@fvet.es , Claudio LLagaria o Sergio Domínguez os atenderán cobre éste tema.
FETRAMA de Alicante, ACTM de
Castellón y FVET de Valencia, acuerdan
con la Con sellera que se devuelva el incremento
del impuesto sobre la venta minorista
de determinados hidrocarburos (céntimo
sanitario) de 4’8 cent./litro.
los representantes del sector inauguraron su
agenda con una reunión en la Consellería de
Infraestructura, Territorio y Medio Ambiente,
donde fueron recibidos por la titular de
dicha cartera Isabel Bonig y todo su equipo.
del sector, logró arrancar el compromiso
por parte de la Consellera, Isabel Bonig, de la devolución
en el incremento del impuesto conocido como
superior.
La preocupación sobre este tema, había sido trasladada
por el sector al Director General de Trasportes,
Carlos Eleno, en una entrevista mantenida a finales del
pasado año. Sobre el incremento del impuesto, Isabel
Bonig, explicó que dicha cantidad podrá ser recuperada
siguiendo el mismo procedimiento administrativo
que se realizaba con el gasóleo profesional.
Los representantes de Alicante, Castellón y Valencia,
valoraron como positiva la medida de la Consellera
y explicaron que todos los empresarios que no hubiesen
solicitado todavía la devolución y deseen recuperar
el importe relacionado con este impuesto grabado
a los vehículos de más 7,5 kilos de carga útil,
o, igual, tendrán que darse de alta por Internet en la
Agencia Tributaria como beneficiario de dicha ayuda,
o, gestionarlo desde la FVET.
Fuente: FVET